Las patronales hoteleras proponen usar el Registro de la Propiedad para controlar los alquileres turísticos
Las patronales piden modificar el artículo 50 de la ley para acreditar mediante certificación registral.
Las tres patronales hoteleras de las Illes Balears —FEHM, FEHIF y ASHOME— han trasladado una propuesta al Govern Balear para adaptar la Ley 8/2012 del Turismo al Reglamento europeo sobre alquileres de corta duración y a la reciente Sentencia 620/2026 del Tribunal Supremo. La iniciativa plantea seguir utilizando el identificador del Registro de la Propiedad para identificar las viviendas destinadas a este tipo de alquiler, reforzando así el control de la oferta ilegal.
La propuesta parte de una preocupación compartida por las tres organizaciones: en un contexto de emergencia habitacional y de creciente presión sobre el parque residencial, las administraciones necesitan disponer de información fiable sobre las viviendas que se destinan al alquiler de corta duración, sus características y la actividad que efectivamente se desarrolla en ellas.
Para las patronales, disponer de esta información es también una herramienta para reforzar la lucha contra la oferta ilegal de alquiler de corta duración. La iniciativa, según explican, no responde a una coyuntura puntual, sino que se fundamenta en el Reglamento (UE) 2024/1028, en la citada sentencia del Tribunal Supremo y en la experiencia práctica del sistema de identificación aplicado hasta ahora.
UNA IDENTIFICACIÓN ÚNICA, MÁS ALLÁ DEL USO TURÍSTICO
El planteamiento de las patronales no pretende crear un sistema exclusivamente turístico. El objetivo es que exista una identificación fiable y única de cada vivienda cuando se destine al alquiler de corta duración, cualquiera que sea la finalidad de la estancia. Según explican, esta unidad de identificación es coherente con la finalidad del Reglamento europeo y evita fragmentar la información sobre un mismo inmueble según el uso temporal al que se destine.
De esta forma, las distintas administraciones podrían disponer de una misma realidad objetiva sobre la que ejercer sus competencias en materia de Vivienda, Territorio y Turismo. "No planteamos una herramienta para saber únicamente cuántas viviendas turísticas hay. Planteamos un sistema que permita identificar de forma fiable, en cada momento, las viviendas destinadas al alquiler de corta duración, contribuir a que esta actividad se desarrolle respetando la legalidad y evitar que la información sobre una misma vivienda se fragmente en función del uso temporal al que se destine", señalan las tres patronales.
LA SENTENCIA DEL SUPREMO ABRE LA PUERTA A QUE BALEARES REGULE LA MATERIA
La Sentencia 620/2026, de 19 de mayo, del Tribunal Supremo, anuló determinados artículos del procedimiento estatal creado para la obtención del número de registro de los alquileres de corta duración, al considerar que su regulación excedía las competencias del Estado. La sentencia no cuestiona la necesidad de identificar las viviendas ni el sistema europeo de información, sino que establece que, cuando el registro opera como requisito para la actividad turística, debe ser regulado por las comunidades autónomas.
UN MECANISMO QUE YA PERMITIÓ DETECTAR VIVIENDAS IRREGULARES
Uno de los elementos centrales de la propuesta es incorporar al procedimiento turístico las comprobaciones que, durante la aplicación del sistema estatal, permitieron conocer la situación jurídica de las viviendas a través del Registro de la Propiedad. En ese proceso se detectaron, entre otros supuestos, viviendas cuya titularidad o legitimación para ser comercializadas no estaba acreditada, inmuebles con prohibiciones estatutarias, viviendas sujetas a regímenes de protección pública incompatibles con el uso pretendido, o problemas de identificación registral. Como resultado, las viviendas que no reunían las condiciones necesarias no pudieron acceder al mercado turístico.
Las patronales consideran especialmente relevante este mecanismo en la actual situación de emergencia habitacional, ya que permite evitar que viviendas que no reúnen los requisitos legales se incorporen indebidamente al mercado turístico, además de aportar una base objetiva para el control administrativo.
LA PETICIÓN CONCRETA: MODIFICAR EL ARTÍCULO 50 DE LA LEY 8/2012
Las tres organizaciones plantean que se modifique el artículo 50 de la Ley 8/2012 para que, antes de iniciar la comercialización turística de una vivienda, se pueda acreditar mediante certificación del Registro de la Propiedad su existencia e identificación, la legitimación de quien pretende comercializarla, la ausencia de determinadas prohibiciones estatutarias y la inexistencia de un régimen de protección pública incompatible con dicha actividad.
Según precisan, no se trata de añadir nuevas exigencias, sino de facilitar la comprobación de requisitos que ya contempla la normativa, pero cuya verificación resultaba más compleja para la administración turística. Las patronales solicitan también que el número de registro previsto por la normativa europea se incorpore al procedimiento turístico mediante mecanismos de cooperación e interoperabilidad entre las administraciones competentes y el Colegio de Registradores, sin crear una nueva estructura administrativa.
UNA PROPUESTA QUE AFECTA TAMBIÉN A LAS POLÍTICAS DE VIVIENDA
Las patronales subrayan que la información generada por este sistema resulta también especialmente relevante para las políticas de vivienda, por lo que consideran que la respuesta debe estudiarse de forma transversal entre las Consellerias de Turismo y Vivienda. El objetivo, señalan, es que cada administración pueda ejercer sus competencias con información fiable y unificada.
"FEHM, FEHIF y ASHOME hemos solicitado al Govern que estudie conjuntamente la propuesta para analizar su aplicación práctica. Incidimos en que permite avanzar simultáneamente en seguridad jurídica, mejor conocimiento de la utilización del parque residencial, protección de la vivienda, control de la oferta ilegal y eficiencia administrativa, objetivos que deben formar parte de una misma respuesta ante los retos que afrontan las Islas Baleares", han concluido las tres organizaciones.
Fuente: mallorcadiario.com
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